El Consejo de Hombres Buenos. Un peculiar Tribunal de Aguas
El Consejo de Hombres Buenos es un Tribunal Consuetudinario y Tradicional cuya función es la gestión y justicia en el regadío de la huerta de Murcia.
La cultura del agua y el paisaje cultural heredado de Al-Andalus no pueden entenderse sin el Consejo de Hombres Buenos. Su actuación ha hecho posible la distribución racional y justa del agua de riego entre los agricultores murcianos.
Es heredero de las formas de administrar el agua y solucionar los conflictos entre los regantes musulmanes.
Los orígenes de este peculiar tribunal de la huerta de Murcia no están claros, ya que desde época árabe los problemas entre la comunidad de regantes de la huerta han necesitado de la intervención de jueces que viesen y resolviesen los conflictos, y a los que se conocía como "acequieros".
La continuidad y diversidad de los litigios entre regantes prosiguió con la reconquista cristiana, por lo que comenzaron a intervenir en los juicios "omes bonos" que aconsejaban a los regidores o "acequieros" para la mejor y más eficaz resolución de los conflictos. Surge así la figura de los "hombres buenos".
Ya en el siglo XIX, con la redacción de las Ordenanzas de la huerta de Murcia, se recoge de forma sistemática el régimen y gobierno de la huerta de Murcia y se regula el Consejo de Hombres Buenos, su funcionamiento y composición.
Por tanto, la creación del Consejo de Hombres Buenos como institución propiamente dicha procede del siglo XIX.
Competencias actuales del Consejo de Hombres Buenos
Los temas que actualmente son competencia del Consejo de Hombres Buenos se restringen a cuestiones de hecho, como por ejemplo, lo referente al pago de los repartos del regadío o el robo de agua. Las cuestiones de derecho se tramitan por tribunales de justicia ordinarios, incluyendo los aspectos relativos a las servidumbres de paso o los derechos de propiedad que son regulados por el Código Civil.
El artículo 164 de las Ordenanzas y Costumbres de la huerta define al Consejo de Hombres Buenos como "el que falla y resuelve todas las cuestiones y demandas que se presenten sobre los perjuicios que se causen a tercero y demás abusos e infracciones determinadas en las Ordenanzas y Costumbres de la huerta, siendo nulo e ilegal cuanto se acuerde que no esté comprendido en las facultades que le señalan por las mismas".
Las Ordenanzas y el Consejo
Las Ordenanzas de las Comunidades de riego fueron de obligada redacción y publicación en la Ley de Aguas de 1866, sin embargo, desde su creación, los regadíos de la huerta de Murcia ya se encontraban sujetos a reglas y normas de obligado cumplimiento.
En general las Ordenanzas de Riego atienden a:
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Elección del acequiero o presidente.
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Mantenimiento del cauce de las acequias.
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Reparto de las aguas.
Están divididas en 17 capítulos:
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I/VII: Regadíos. Composición de la huerta, sistema de riego, servidumbres de paso, aguas vivas y muertas, monda.
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VII/X: Ganados, molinos, almazaras.
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XI/XVII: Aprovechamiento de aguas y Consejo de Hombres Buenos.
Cómo funciona el Consejo de Hombres Buenos
Los juicios del Consejo de Hombres Buenos son orales. Un escribano recopila las eclaraciones, siendo habitual que se solicite por alguna de las partes la comparecencia y declaración de testigos.
La Instancia está presidida por el Alcalde o su delegado, que cuenta con voto de calidad decisivo en caso de empate y se encarga de llevar a efecto sus resoluciones firmes por la vía de apremio. Así mismo, le corresponde la facultad disciplinaria de multar a los vocales que no asistan a las reuniones. Un portero efectúa las citaciones a costa del que resulte condenado en el fallo del Consejo.
El Consejo de Hombres Buenos lo componen cinco Vocales Titulares y cinco Procuradores vocales-suplentes, que serán los dos Procuradores respectivos de cada una de las Acequias Mayores de Aljufia y Barreras más uno de la Comunidad de Regantes de la Acequia de Churra la Nueva. Su objetivo es fallar y resolver las cuestiones y demandas sobre infracciones determinadas en las Ordenanzas de la huerta.
El sorteo es la forma de elección de los Procuradores y éstos sólo podrán ejercer su función una vez al año.
Lugar y fecha para los juicios del Consejo de Hombres Buenos
El Consejo celebra sus audiencias en público todos los jueves en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Murcia, desde las nueve hasta las doce de la mañana.
Sus fallos se hacen de plano por mayoría absoluta de votos, después de haber oído a las partes y examinado las pruebas que presenten. Se extiende en un libro que se lleva de forma legal, el extracto de la cuestión y la resolución del Consejo. Este libro es firmado por el Presidente y el Secretario. Los fallos emitidos por este tribunal tiene un carácter definitivo, firme y ejecutorio.
La vigencia del Consejo de Hombres Buenos
El artículo 231 de la Ley de Aguas de 13 de junio de 1879 proclama la vigencia de los regímenes especiales consignados en Ordenanzas anteriores a dicha fecha. De ahí la total legalidad, operatividad y actualidad del funcionamiento del Consejo de Hombres Buenos.
Frente a la tradicional posición que preconizó que fuesen inapelables los fallos del Consejo de Hombres Buenos, surgió la posibilidad legal de someterlos al control de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En el apartado 4 del artículo 19 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, se reconoce el carácter de Tribunal consuetudinario y tradicional al denominado Consejo de Hombres Buenos de Murcia.
Lo significativo de esta institución es que permanezca como tribunal privativo manteniendo sus atribuciones administrativo-jurídicas desde tiempos históricos tan pretéritos. Actualmente, los regantes de cada Heredamiento pueden acudir con voz y voto a las reuniones o Juramentos que se convocan.
Uno de los rasgos más valorados por los afectados es su agilidad y rapidez, que lo convierten en un tribunal eficaz y competente.