Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción están servidos por jueces profesionales. Se encuentran en todas las capitales de provincia y ciudades importantes y en distinto número según la población. En todas las capitales y en determinadas ciudades están servidos por jueces que tienen categoría de magistrado por su antigüedad en la Carrera Judicial.

     En algunos casos, también por razón de la población, están diferenciados los Juzgados de Primera Instancia y los de Instrucción, correspondiendo a los primeros el conocimiento de los asuntos civiles y a los segundos el de los asuntos penales.

Competencias en el orden civil

     Conocen en primera instancia de la generalidad de los procesos civiles y dictan la sentencia correspondiente, que podrá ser recurrida ante la Audiencia Provincial.

     También conocen del recurso de apelación contra sentencias dictadas por los Jueces de Paz de su territorio y de las solicitudes de reconocimiento y ejecución de sentencias y demás resoluciones judiciales y arbitrales extranjeras, a no ser que, con arreglo a lo acordado en los tratados y otras normas internacionales, corresponda su conocimiento a otro juzgado o tribunal. Igualmente tienen a su cargo el Registro Civil.

Competencias en el orden penal

     Les corresponde:

  • La instrucción de las causas por delito cuyo enjuiciamiento corresponda a las Audiencias Provinciales y a los Juzgados de lo Penal, excepto de aquellas causas que sean competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. La instrucción supone recoger y documentar todos los datos y elementos que sirvan para el enjuiciamiento posterior del hecho posiblemente delictivo y se extiende a la adopción de medidas cautelares como es la prisión provisional del acusado.

  • Dictar sentencia en determinados casos cuando el acusado y su defensa se conforman con la acusación formulada;

  • Celebrar los juicios sobre faltas y dictar la sentencia correspondiente siempre que la competencia para ello no corresponda a los Juzgados de Paz o a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer;

  • Resolver los recursos de apelación contra sentencias dictadas por los Juzgados de Paz en los juicios de faltas que celebren.