División Territorial

    El Estado se organiza territorialmente, a efectos judiciales, en municipios, partidos, provincias y Comunidades Autónomas.

Municipio

    Se corresponde con la demarcación administrativa del mismo nombre. Juzgados de Paz.

Partido Judicial

    El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma provincia, pudiendo éste coincidir con una demarcación provincial. Uno o más Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

Provincia

    Se ajustará a los límites territoriales de la demarcación administrativa del mismo nombre. Audiencia Provincial.

Comunidad Autónoma

    Será el ámbito territorial de los Tribunales Superiores de Justicia. Desarrollo de la Justicia en la Comunidad Autónoma.

    La LOPJ organiza a efectos judiciales en municipios, partidos, provincias y Comunidades Autónomas sobre la que ejercen potestad Jurisdiccional Juzgados de Paz, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Contencioso Administrativo, de lo Social, de Vigilancia Penitenciaria, Penal y Menores, Audiencia Provincial y Tribunal Superior de Justicia.